DECISION
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, RESUELVE: PRIMERO: Se declara de con lugar la solicitud presentada por la Abogada YOBANA SOLANO, en su condición de Defensora del imputado JOSE ELEUTERIO JUSTO MARINZ, C.I. 10.256.972, nacido en Bocono estado Trujillo, en fecha 06-02-71, de 40 años de edad, hijo de Maria Ángela Marín y José Eleuterio Justo Marín, de estado civil soltero, de profesión u oficio guardia Nacional, residenciado en Rubio estado Táchira avenida 5 entre calles 20 y 21 barrio la Victoria parte alta casa Nº 47-94, teléfono 0414-7225074 y 0276-4167305, en la presente causa seguida por la presunta comisión de los delitos de CONTRABANDO, previsto y .....