El ciudadano LUIS ANTONIO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.242.641, de este domicilio, manifestó estar separado de su esposa YAJAIRA DEL CARMEN DUARTE ALVIZO, venezolana, mayor de edad, con C.I. Nº 9.434.469, de este domicilio, hace más de cinco (5) años, por lo que solicita el Divorcio. Acompañó Acta de Matrimonio. Admitida la solicitud el 20-02-2006, se acordó la comparecencia de la cónyuge la cual fue lograda en forma personal en fecha 20-02-2006, se notificó a la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público quien consignó escrito.
Este Tribunal para decidir observa:
U N I C O: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo que contrajeran el ciudadano LUIS ANTONIO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.242.641, de este domicilio, y la ciudadana YAJAIRA DEL CARMEN DUA.....