Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara IMPROCEDENTE, el recurso de apelación interpuestos por la abogada ROSMARY CORDERO DOMINGUEZ, en su condición de Fiscal (E) Undécima del Ministerio Público, contra el auto de fecha 28 de Octubre de 2011, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, en el asunto KP01-P-2008-006855, mediante la cual declara Procedente la sustitución de medida cautelar menos gravosa al acusado JOSE LUIS NELO ATACHO y Sustituye la Medida de Privación de Libertad, por otra menos gravosa, la contenida en el articulo 256 (hoy 242) numerales 3, 4 y 9, esto es la obligación de presentarse cada 60 días ante esta sede judicial y la prohibición de salida del país, por cuanto la misma no tiene razón de ser en es.....