En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, 251 ordinales 2º, 5º y parágrafo primero y 252 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del imputado, Ciudadano: JOSÉ RAFAEL TORREALBA MENDOZA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad V- 23.491.024, edad 18 años, oficio obrero en una compañía de huevos, soltero, grado de instrucción 3 grado de primaria, nació en fecha 24-10-1986, en Quibor, Estado Lara, hijo de Ramino Torrealba y Margarita Mendoza, residenciado en La calle 35 con 9C, casa N° no lo sabe, a 20 metros de una gallinera de esta ciudad, tlf. 0414-5522577; .....