Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE el Recurso Contencioso Tributario, incoado por la ciudadana AMARYLIS D´ ONGHIA HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad V-15.308.829, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 114.843, actuando como apoderada de la sociedad mercantil CONGRELARA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 4 de septiembre de 1996, Tomo 18-A, Nº 50; domiciliada en la calle 26 entre carreras 15 y 16, Edificio Torre David, Planta Baja, Local Nº 55-8, Barquisimeto, Estado Lara, identificada con el Registro de Información Fiscal (R.I.F.) Nº J-30383145-1, de conformidad con lo establecido en el artículo 266 numeral 1 del Código Orgánico Tributario.