En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA PRESCRIPTA LA ACCIÓN DE ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES por concepto de actuaciones judiciales, incoada por FRANCISCO APÓSTOL SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.348.958, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 102.039 y de este domicilio, quien actuó en su propio nombre y representación, contra los ciudadanos ANDRÉS PADRÓN MORALES y JOSEFINA MARGARITA GUÍA AVENDAÑO, venezolanos, mayores de edad, titular de las Cédulas de Identidad Nos. 4.679.943 y 5.220.634 respectivamente, la primera de este domicilio y el segundo domiciliado en Madrid, España. En consecuencia se condena en costas a la parte demandada, por haber resultado vencida en la interposición de la presente acción, de conformidad .....