DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por el Defensor Privado, Abg. HECTOR LUIS RODRIGUEZ PEREZ, I.P.S.A N°104.080, actuando en tal carácter del ciudadano DANIEL ADOLFO SAEZ GODOY, titular de la cedula de identidad V- Nº.17.597.947, contra la decisión dictada en fecha 08 de Julio de 2019 y fundamentada en fecha 16 de Julio de 2019, por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 01 de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual decreta Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano DANIEL ADOLFO SAEZ GODOY, titular de la cedula de identidad V- Nº.17.597.947, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previ.....