DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Juzgado en Funciones de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento de la presente causa, de conformidad con el artículo 45, 48 ordinal 7º y 318 ordinal 3º, todos del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de los ciudadanos José Benicio Peña Mogollón, cedula de identidad: 2.541.446, Oscar Rafael Peña, cedula de identidad: 9.624.493 y José Luís Garrido, cedula de identidad: 13.856.604, por el delito de Cambio de Flujo y Sedimentación, así como la Extracción Ilícita de Materiales, previstos y sancionados en los artículos 30 y 31 de la Ley Penal del Ambiente, con la Agravante contenida en el articulo 13 ejusdem, y el cese de las medidas cautelares impuestas conforme al artículo 319 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, Publíquese y Notifíquese. Cúmplase
Juez de Control Nº: 5
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