En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 23 de octubre de 2006, por la abogada Lourdes Bustamante Flores, apoderada judicial de la parte demandada, y SIN LUGAR el recurso de apelación por adhesión interpuesto en fecha 09 de noviembre de 2006 de octubre, por la abogada Danianghela Colmenarez, apoderada judicial de la parte actora el contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 28 de septiembre de 2006.
En consecuencia, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por la ciudadana María Narcisa Monteverde, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.381.174, de este domici.....