Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana NIEVES COROMOTO MAJANO BASTIDAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-6.811.514, asistida por el Abg. KLINSMAN ROJAS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 205.179, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante, NIEVES COROMOTO MAJANO BASTIDAS, antes identificada, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un lote de terreno EJIDO, cuya ubicación, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones.- En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor de la ciudadana: NIEVES COROMOTO MAJANO BASTIDAS, anteriormente identificada, de conformida.....