Este Tribunal de Control N° 4, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Primero: Hacer entrega del vehículo placa S/P, serial carrocería A155M5121018C, marca Daewoo, modelo Lamus, año 2001, color blanco, clase automóvil, tipo sedan, uso particular, al ciudadano EDGAR V., URDANETA BRAVO, titular de la Cédula de Identidad N° 7.886.582; en calidad de depósito de conformidad con lo dispuesto 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo Se acuerda la devolución de los documentos originales. Tercero: Se acuerda remitir las actuaciones a la Fiscalia Décima del Ministerio Público de Estado Lara. Notifíquese a las partes. Ofíciese al Jefe del Estacionamiento La Concordia”