Por todos los razonamientos jurídicos y fácticos, este Juzgado Primero en funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: 1.- ACUERDA LA ENTREGA PLENA A LA CIUDADANA AMBAR CRISTINA BELIZAMONT MEDINA del vehículo Clase AUTOMOVIL, marca CHEVROLET, modelo SPARK, año 2008, color PLATA, tipo SEDAN, uso PARTICULAR, serial de carrocería No.8Z1MJ60088V370067, el serial de carrocería suplantado y el mismo fue identificado en la experticia como 8Z1MJ60007V367162, serial de motor No.88V370067, placas No. AB22-8BK. Certificado de Registro de Vehículo No. 27368418, 5 puestos, por ser procedente y haber demostrado la legítima propiedad sobre el mismo. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.
2.- Notifíquese a la solicitante, A la Fiscalía 2da del Ministerio Público y a los Cuerpos .....