este Juzgado Segundo de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Con lugar la solicitud de rectificación de partida de nacimiento, presentada por la ciudadana MARIA ELENA MORA COLMENAREZ, ya identificada, MAIBELYS DE LOS ANGELES BOQUILLON MORA. Se ordena insertar en la partida de nacimiento de la niña (Identidad omitida conforme al Art. 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente).nombre de la misma como "MAIBELYS". Así mismo, se ordena incluir el número de cédula de identidad de la madre, siendo lo correcto señalar "V-14.293.001",
Dicha partida de nacimiento se encuentra inserta en uno de los libros del Registro Civil de Nacimiento llevados por el Registro Civil de la Parroquia Concepción, municipio Iribarren, del estado Lara, bajo el Nº 1070, folio 122 Vto.....