DECISIÓN
Con fundamento a lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Declara: parcialmente con lugar, la solicitud presentada por la ciudadana Yessika Yoselyn Briceño Guedez, en representación del niño Enyerbe Pastor Lameda Briceño, contra el ciudadano Yenrys De Jesús Lameda. En consecuencia, se fija la pensión de alimentos en noventa mil bolívares (Bs. 90.000,oo) mensuales a razón de cuarenta y cinco mil bolívares (Bs. 45.000,oo) quincenales, que equivale al 28,01% del salario mínimo actual, el cual se incrementará automáticamente en caso de aumento del salario del obligado, según lo establecido en el artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, además del 50% de los gastos de médico, medicinas, vestido, uniformes, útiles escolares, habitación, deporte y cualquier o.....