Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PERECIDO el recurso de apelación ejercido por la abogada Yorma Coromoto Castillo Díaz, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el nº 133.348, en su condición de apoderada Judicial del ciudadano JUAN ALBERTO VIVAS MENDOZA, venezolano mayor de edad y titular de la cédula de identidad n° 12.435.021, contra la sentencia de fecha 09 de octubre de 2014, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto. En consecuencia, se confirma la sentencia recurrida.