En mérito de las consideraciones precedentemente señaladas, este Juzgado Cuarto del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la pretensión propuesta por la ciudadana MAYSAA HATEM YZZI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°13.353.583 contra la firma PROSEGUROS, Rif J-30220253-1, sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Primero del Distrito Capital y Estado Miranda bajo el N° 2, Tomo 145-A-Pro, en fecha 25-09-1992, sufriendo diferentes reformas siendo la última de fecha 23-10-2009 protocolizada por ante el mismo registro e inscrita en el Libro de Registro de Empresas de Seguros llevados por la Superintendencia de Seguros del Ministerio del Poder Popular para la Economía y Finanzas. En consecuencia, se condena a la parte demandada a pagar la suma de CIENTO SESENTA MIL NOVEC.....