REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, quince de abril de dos mil quince
204º y 156º

ASUNTO : KP02-S-2015-001610
Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana DECSY BEATRIZ ALVARADO ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 14.825.714, de este domicilio asistida por el abogado en ejercicio JOSE GREGORIO RAMIREZ GIL, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 148.963, evacuados los testigos, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante ciudadana DECSY BEATRIZ ALVARADO ROMERO, ya identificada, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificados en la presente solicitud, las cuales construyo con dinero de su propio peculio, en un lote de terreno Ejido, cuya ubicación, medidas, características y linderos constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor de la ciudadana DECSY BEATRIZ ALVARADO ROMERO, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
EL JUEZ,




ABG. LUIS FERNANDO MARTINEZ AROCHA

LA SECRETARIA

ABG. LILIANA SANTELIZ

En esta misma fecha se expidió copia certificada para archivo.

La Secretaria