Decisiones del dia 14/12/2012
N° Expediente :
KP02-J-2012-006632
N° Sentencia :
3781-2.012
Fecha: 14/12/2012
Procedimiento: Divorcio 185 - A
Partes: ORMARY ANGELINNE CHAVEZ MENDOZA Y JAIRO ENRIQUE URDANETA VALERA
Resumen:
Por los motivos antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: Declara CON LUGAR el Divorcio por Ruptura Prolongada de la vida en común solicitado por los cónyuges, y en consecuencia se acuerda la Disolución del Vinculo Conyugal contraído por los ciudadanos ORMARY ANGELINNE CHAVEZ MENDOZA y JAIRO ENRIQUE URDANETA VALERA, contraído por ante la Registradora Civil de la Parroquia Catedral del Municipio Iribarren del estado Lara, en fecha 07 de diciembre de 2005, anotada bajo el Nº 245, de los Libro de Matrimonio llevados por esta autoridad en ese año 2005. En tal virtud se Homologan los acuerdos manifestados en esta audiencia bajo los términos transcritos.
Se declara Extinguida la Comunidad de Gananciales de .....
Juez/Ponente:
Olga Oliveros Guarín
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
N° Expediente :
KP02-L-2009-001261
N° Sentencia :
Fecha: 14/12/2012
Procedimiento: Acciòn Mero Declarativa
Partes: RÓMULO FABIÁN GIMÉNEZ COLMENÁREZ VS. C.A. ENERGÍA ELÉCTRICA DE BARQUISIMETO (ENELBAR), FILIAL DE LA CORPORACIÓN ELÉCTRICA NACIONAL (CORPOELEC).
Resumen:
El Artículo 89 de la Carta Fundamental establece el principio de la aplicación integral de las disposiciones laborales o de no conglobamiento en caso de conflicto o de duda. Por lo tanto, aplicar el porcentaje de pensión por el convenio y la determinación del tiempo por la Ley del Estatuto de Pensiones y Jubilaciones violenta este principio constitucional y por ello se declara improcedente la solicitud de la parte demandante.
Respecto a la ilegalidad de los descuentos y a la falta de validez de las autorizaciones otorgadas por el trabajador, consta en autos al folio 93, informe del médico ocupacional de la demandada, que no fue impugnado y se le otorga pleno valor probatorio, en el que se observa que el beneficio de jubilación se le concedió al actor por su condición física especial (enfermedad), tal como lo afirmaron ambas partes.
Igualmente a los folios 86 y 94, consta en autos comunicación emitida por el actor, que no fue impugnada y se le otorga pleno valor probatorio, en el .....
Juez/Ponente:
José Manuel Arraiz Cabrices
Organo:
Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
N° Expediente :
KP01-O-2012-000119
N° Sentencia :
Fecha: 14/12/2012
Procedimiento: Amparo Constitucional
Partes: ACCIONANTE Y PRESUNTO AGRAVIADO: ABOGADO JUAN ROSARIO MENDOZA, QUIEN EN SU ESCRITO MANIFIESTA ACTUAR EN SU CARÁCTER DE DEFENSOR DEL CIUDADANO HÉCTOR RICARDO VÁSQUEZ RODRÍGUEZ. PRESUNTO AGRAVIANTE: TRIBUNAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS Nº 02, DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL.
Resumen:
En razón de las precedentes consideraciones, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE por falta de legitimidad, la acción de amparo constitucional interpuesta por el Abogado Juan Rosario Mendoza, quien en su escrito manifiesta actuar en su carácter de Defensor del ciudadano Héctor Ricardo Vásquez Rodríguez, por la presunta violación del debido proceso y la tutela judicial efectiva, al decidir de manera inmotivada e incongruente sobre las excepciones resueltas por el presunto agraviante, declaradas sin lugar así como la nulidad absoluta planteada en la audiencia preliminar de fecha 23 de noviembre de 2012, en la causa principal signada con el KP01-S-2012-003433; de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Regístrese la pre.....
Juez/Ponente:
Fray Abad Veliz
Organo:
Corte de Apelaciones Sala 1
N° Expediente :
KP02-V-2012-3111
N° Sentencia :
1560
Fecha: 14/12/2012
Procedimiento: Reconocimiento De Contenido Y Firma
Partes: PARTE ACTORA: ABOGADO: OSCAR ALI ARAUJO MENDEZ, ABOGADO EN EJERCICIO, INSCRITO EN EL INPREABOGADO BAJO EL Nº 15.226 ACTUANDO EN SU CARÁCTER DE APODERADO JUDICIAL DE LOS CIUDADANOS: RAFAEL JOSE PEREZ AREN Y DULCE MASSIEL PEREZ VELIZ, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NÚMEROS: 3.089.172 Y 12. 021.971, RESPECTIVAMENTE. PARTE DEMANDADA: CIUDADANO: OSCAR GIMENEZ ALVAREZ, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NÚMERO 5.237.
Resumen:
En este orden de ideas, cuando se demanda el reconocimiento de un instrumento privado por la vía de demanda principal de conformidad con el artículo 450 del Código de procedimiento Civil, si el demandado reconoce el documento que constituye el instrumento fundamental de la acción se termina la litis, y reconocido como fue, en su Contenido y Firma el Documento de Compra Venta privado objeto de esta demanda, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara reconocido el documento motivo de la presente demanda, en concordancia con lo establecido en el Artículo 1364 del Código Civil, teniéndose como en Sentencia pasada por Autoridad de Cosa Juzgada.-
Publíquese, regístrese, incluso en la página web de este Despacho y déjese copia certificada. Dada, firmada, sellada en la sala del Despacho del Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el Edificio Nacional .....
Juez/Ponente:
Delia Josefina Gonzalez
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Iribarren
N° Expediente :
KP02-V-2012-3378
N° Sentencia :
1559
Fecha: 14/12/2012
Procedimiento: Reconocimiento De Contenido Y Firma
Partes: YENNY MARIA ALVARADO DE MEDINA Y ANIBAL ANTONIO MEDINA, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CEDULAS DE IDENTIDAD N° 7.368.829 Y 7.346.532, RESPECTIVAMENTE, ASISTIDOS POR EL ABG. JOEL ROMERO, DEBIDAMENTE INSCRITO EN EL IPSA BAJO EL N° 2.541
Resumen:
Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara recocido única y exclusivamente en su contenido y firma el documento motivo de las presentes actuaciones, de conformidad con lo establecido en el Artículo 1364 del Código Civil. Expídase Copia Certificada del presente Auto.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los Catorce (14) días del mes de Diciembre del año dos Mil Doce. Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
La Juez
ABG. Delia González De Leal. La Secretaria.,
Abg. Emma García
Juez/Ponente:
Delia Josefina Gonzalez
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Iribarren