Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Control Nº 3, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, mantiene al ciudadano CARLOS ALBERTO LINAREZ, titular de la Cédula de Identidad N° 18.862.912, venezolano, de 20 años de edad, comerciante, residenciado en el barrio Cerritos Blancos, calle 1, con carrera 6 y 7, casa N° 24-A, Barquisimeto Estado Lara, la medida de privación judicial preventiva de libertad contenida en el Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, como quedó anteriormente establecido. Notifíquese a las partes.