Este Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley pasa a decidir en los Siguientes términos:
Primero: Se homologa la conciliación presentada por la fiscalía y determina las siguientes obligaciones a cumplir por el adolescente: 1) Residir en un lugar determinado, debiendo notificar cualquier cambio de residencia a la fiscalía y al tribunal, 2) obligación de someterse al cuidado y vigilancia de una persona determinada en este caso al de la ciudadana Yraima Piñero, quien es su tía, 3) prohibición de salir de su residencia luego de las diez de la noche sin la autorización o acompañado de su representante legal, así como pernoctar fuera de su residencia, 4) finalizar la Educación Básica y consignar constancia ante este Tribunal o al Ministerio Publico, 5) prohibición de portar armas de fuego o facsímiles, o de cualquier tipo, 6) prohibición de ingerir bebidas alcohólicas y drogas de ninguna especie 7) prohibición de comunicarse por ningún medio .....