DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, la Corte de Apelaciones administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara INADMISIBLE POR FALTA DE LEGITIMIDAD, la acción de Amparo Constitucional interpuesta por la Abogada ROSA EMILIA CORTES, quien manifiesta actuar en su carácter de Defensa Técnica Privada del acusado EVER ENMANUEL TORREALBA VILLAMIZAR, dicha acción de amparo fue presentada de conformidad a la norma constitucional artículos 26,27,49 y artículos 5,38,39,40,41 título V del Amparo de la Libertad y Seguridades Personales, así como la norma del Código Orgánico Procesal Penal, 264,236,229,230, en virtud que, la defensa ha solicitado la revisión de medida cautelar sustitutiva, siendo negada en todo momento, en el asunto principal signado con el Nº KP01-P-2012-022392; de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo so.....