DECISION
Por las razones expuestas este Tribunal en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, se declara la CESACIÓN POR CUMPLIMIENTO de las medidas de REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de nueve (09) meses y dos (02) días, de conformidad con lo establecido en los artículos 620 literales "b", "d", 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en relación con el artículo 622, en sus literales A, B, C, D, E y F, de la Ley in comento, en favor de la joven: (IDENTIDAD OMITIDA), de conformidad con lo previsto en el artículos 645 en concordancia con el 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena oficiar al Equipo Multidisciplinario de esta Sección de Adolescente, a los fines de que informe sobre el cumplimiento de la sanción de Libertad Asistida por parte de la joven. Se ordena notificar a la sancionada, a la defensa y a la fiscalía de la presente decisión. Remítase en.....