En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado N° 6 en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Decreta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250 y 251 ordinales 2|, 3| y parágrafo primero del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano MARIO RAFAEL FERNANDEZ RIVAS, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, nacido en Barquisimeto Estado Lara el 27/11/73, de 30 años de edad, soltero, de profesión u oficio Colector de la Ruta 2, residenciado en Barrio San José Carrera 6 entre calles 6 y 7 casa Nº 6-58 de esta ciudad, por la presunta comisión del delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psic.....