Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , DECLARA: CON LUGAR la demanda, intentada por el ciudadano: ANGELOMARIA CAROLLA CARUSO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 7.375.785, actuando en su condición de apoderado judicial de MISCELANEA LARENSE S.R.L., de este domicilio, por intermedio de sus apoderados judiciales: ALEJANDRA RODRIGUEZ ALVAREZ, BORIS FADERPOWER, y
WILFREDO TRAVIEZO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Números 68.261, 7.652 y 23.368, respectivamente, contra la ciudadana: EGDA BEATRIZ BARRIOS DEL MORAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.783.605, y de este domicilio.- En consecuencia, se condena a la parte demandada, ciudadana: EGDA BEATRIZ BARRIOS DEL MORAL, antes identificada, a pagar a la actora, PRIMERO: La cantidad de UN MILLON DOSCIENTOS NOVE.....