Se dicta decisión en la cual este Tribunal Cuarto de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, contra los ciudadanos Renzo Nazaret Torres Daza , venezolano , mayor de edad, Cedula de Identidad 15.093.372, Soltero, venezolano, de 25 años de edad, natural del Tocuyo Estado Lara, fecha de Nacimiento 09-06-1.979, de profesión u oficio albañil , hijo de: María Cristina Daza y Sava de Jesús Torres; residenciado en Quibor Calle 28, entre 9 y 10, casa sin numero, cerca de una bodega , color rosado, Municipio Jiménez , Estado Lara, por la presunta comision del delito de Ocultamiento de sustancias estupefacientes y psicotropicas, establecido en la Ley sobre sustancias Psicotropicas y estupefacientes, en su articulo 34.
Todo de conformidad con lo preceptuado en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las par.....