SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 29 de marzo de 2004, por la ciudadana ANA MARÍA CLIMENT NOGUERA, en su condición de Vice-Presidente de la sociedad mercantil demandada CONSTRUCTORA CENTAURO, C.A., contra la sentencia de fecha 23 de marzo de 2004, emanada del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. Se declara CON LUGAR la demanda de Resolución de Contrato de Venta con Reserva de Dominio, por los ciudadanos GERARDO ANTONIO FIANO y ANA MARÍA PAONE DE FIANO, contra la firma mercantil CONSTRUCTORA CENTAURO, C.A., Se ordena la devolución de la Retroexcavadora marca Ford, modelo 755B, serial FF5115, año 1987, color amarillo. Se Revoca la medida de secuestro decretada el 18/08/2.003 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. Queda CONFIRMADA la sentencia apelada. Se condena en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.