DECISION
Por las razones antes expuestas es por lo que este Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara CON LUGAR, la demanda de DESALOJO, intentada por la Empresa Mercantil INVERSIONES HERMANOS HUNG, C.A., debidamente inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el 01 de Noviembre de 2006, inserta bajo el Nº 09, Tomo 102-A, con domicilio en la ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado Lara, representada por su Presidente ciudadano KWOR FUANG HUNG, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.400.348 y de este domicilio, en contra de la ciudadana ANA MARIA LEAL APONTE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.245.281 y de este domicilio, y se condena a esta última a entregarle a la primera totalmente libre de personas y cosas el inmueble signado con el Nº 0.....