En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado en ejercicio JOSÉ GANATIO SALDIVIA, apoderado de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en fecha 07 de OCTUBRE de 2005, en consecuencia,
2. SE REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara de fecha 07 de Octubre de 2005 que declara CON LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA-VENTA, intentada por la ciudadana ALESIA CONSUELO PÁEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 4.606.435 y de este domicilio contra la ADMINISTRADORA BRONSO C.....