DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana: GLORIA MARLEN OIRDOBRO PEREZ, representada por el Abogado LEONARDO JOSE NEGRETTE SOTO, contra el ciudadano SANTIAGO CAMACHO, representada por la Abogada Beatriz Rodríguez, en su carácter de Defensor Ad-litem, todos plenamente identificados en autos. En consecuencia, se condena el desalojo del inmueble donde funciona el Taller Mecánico, latonería y Pintura, ubicado en la carrera 13 entre calles 40 y 41, Nro. 40-57 de esta ciudad de Barquisimeto, Estado Lara ;ara por haber incumplido con el pago de los cánones de arrendamiento. Igualmente se condena al demandado a pagar la cantidad de CIENTO VEINTE BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 120,oo) por cada mes, los cuales se corresponden con los meses de AGOSTO, SEPTIEMBRE, OCTUBRE, NOVIEMBRE Y DICIEMBRE D.....