ista la demanda de COBRO DE BOLIVARES presentada en fecha 04 de marzo del 2017, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) y recibida en este Tribunal en fecha 02 de marzo de 2017, por el abogado MARCELO VASQUEZ ABARCA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 7.308.433, inscrito en el inpreabogado bajo el N°: 50.859, en su carácter de Endosatario en Procuración al Cobro del ciudadano LUIS FRANCISCO LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°: 7.996.210, domiciliado en Cabudare Estado Lara; en contra de las ciudadanas INGEBORG ELIZABETH WITSCH DE VOLLARROEL y BRIGETTE PETRA WITSCH BLECHINGER, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro:.4.603.978 y 4.606.998 respectivamente, domiciliadas en el Municipio Palavecino, Agua Viva, Sector las Cuibas, Calle los Samanes, Cabudare Estado Lara; este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo A.....