Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARE INADMISIBLE la presente la demanda de TACHA DE DOCUMENTO PUBLICO, presentada por la abogada María Andrea González Yanes, inscrita en el IPSA bajo el N° 114.888, actuando en su carácter de apoderada judicial de las ciudadanas PETRA DEL CARMEN VELASQUEZ COLMENAREZ, JANETH COROMOTO VELASQUEZ COLMENAREZ, ANA JACQUELINE VELASQUEZ COLMENAREZ Y CARMEN CECILIA VELASQUEZ COLMENAREZ, titulares de la cedulas de identidad números V-7.425.877, V- 12.244.115, V 13.187.028 y V 7.445.964, respectivamente según poder autenticado por ante la notaria Publica Segunda de Barquisimeto, de fecha 26 de octubre del 2015, bajo el N° 14, tomo 221, folios 41 hasta 43, de los libros de autenticaciones llevados por esa notaria, el cual consigna folios ( 06 al 08), y la ciudadana DULCE MARIA VELASQUEZ COLMENAREZ, titular de la cedula de identidad N° V- 7.377.943, actuando en nombre propio y en s.....