UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha PARTIDA DE NACIMIENTO, de la ciudadana TIBISAY ESPERANZA ANTEQUERA CORDOBA, venezolana, mayor de edad, de cédula de identidad Nº V- 7.302.519, de este domicilio, en el sentido de que se asiente correctamente el Apellido de su madre como: "CORDOBA", así mismo se asiente correctamente el nombre de su padre como: "JOSÉ ANDRÉS ANTEQUERA".- En consecuencia, se ordena al Jefe Civil de la Parroquia Catedral del Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, inserten la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento signada bajo el Nº 2627, folio 128 fte, de fecha 28-06-1959. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho.....