UNICO: Siendo pues, que ambas partes Demandante y Demandado solicitaron al Tribunal la homologación de esta Transacción, la terminación del presente, la impartición de la Cosa Juzgada y el archivo del expediente, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su Homologación a la TRANSACCIÓN efectuada entre la ciudadana: ANA MARISELA MENDEZ MARTINS, antes identificada, en su carácter de parte actora asistida por la abogada: MIRLIA BETHSUL ALVAREZ, Inpreabogado N° 64.454, y el ciudadano: FRANCESCO CAPOZZI, antes identificado en su carácter de parte demandada, asistido por el abogado: LUIS ARMANDO SILVA M., Inpreabogado N° 6.646, procediéndose como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, se dá por terminado el juicio, y se ordena el archivo del expediente.- Publíquese y regístrese.-