V
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por la representación judicial de la empresa mercantil CENTRAL AZUCARERO DE PORTUGUESA, antes identificado, en contra de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE ACARIGUA, ESTADO PORTUGUESA.
SEGUNDO: Se Anula la providencia administrativa Nº 447-07, de fecha 22 de agosto de 2007, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE ACARIGUA, ESTADO PORTUGUESA.
TERCERO: No se condena en costas por tratarse de un Ente de la Administración Pública.
Publíquese, regístrese y déjese copia conforme lo establece el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Notifíquese al Procurador General de la República de conformidad con el artículo 86 de la Ley Org.....