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DECISIÓN
Este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PROCEDENTE EN DERECHO el convenimiento presentado en fecha 22/07/2025, por la ciudadana YAHUARIMA CAMPOS CARVALLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.080.177. SEGUNDO: se tiene por RECONOCIDO el DOCUMENTO DE COMPRA VENTA PRIVADO, suscrito entre los ciudadanos YAHUARIMA CAMPOS CARVALLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.080.177 y JUAN CARLOS MORALES CHACIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-30.128.134, de fecha 22/01/2025, sobre el inmueble que se encuentra ubicado en la jurisdicción del Municipio Catedral del Estado Lara, constituido porUNA (1) parcela de terreno propio constante de DOSCIENTOS VEINTISEIS METROS CUADRADOS más.....