Este Tribunal de Control N° 7, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al Ciudadano MAIQUEL DAVID BETANCOURT, titular de la Cedula de Identidad N° 13.084.033 identificado en autos, de conformidad con lo previsto en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos Aprovechamiento de Vehículo Proveniente del delito de Robo y Desvalijamiento de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en los artículos 9 y 3 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotor. Las partes quedaron debidamente notificadas de la presente decisión.