Este Tribunal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos ZENAIDA PASTORA SUAREZ PALMA y LUIS RAFAEL TERAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-7.334.402 y V-4.729.786, respectivamente y de este domicilio, por ante el Registro Civil de la Parroquia Santa Rosa, municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha veintitrés (23) de marzo del año mil novecientos ochenta y cinco (1.985), anotado bajo el N° 135., del Libro de Registro Civil respectivo llevados durante el año 1.985. Durante la unión matrimonial procrearon cuatro (04) hijos que llevan por nombres: ANDERSO ANTONIO, ERIKA CAROLINA, AMILCAR RAFAEL y ERIMAR DEL CARMEN, venezolanos, mayores de edad. Se declara extinguida la comunidad de gananciales existentes entre las parte, de conformidad con lo establecido en el artí.....