de conformidad con lo previsto en el Artículo 105 del Código Penal Venezolano en relación con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, declara LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL POR CAUSA DE MUERTE al ciudadano Oliver Yhonathan Torres Lucena, portador de la cedula de identidad Nro. V- 12.436.248, quien en fecha 05/06/03, fue condenado por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, a cumplir la pena de Nueve (9) años de Presidio, por la comisión de del delito de de Robo de Vehiculo Automotor, previsto y sancionado en el artículo 5, numerales 1,2 y 3 del articulo 6 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, en concordancia con los artículos 37 y ordinales 2 y 4 del articulo 74, ambos del Código Penal vigente para el momento de los Hechos.