/Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nro. 2, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena a favor del penado: EDUARD ENRIQUE MORA, venezolano, natural de Barquisimeto, Estado Lara, nació el día 03/09/1976, de 33 años de edad, estado civil, Soltero, de profesión u oficio: Albañil, grado de instrucción: 7mo., grado., titular de la Cedula de Identidad N° 14.513.709, hijo de Ana Maria Mora y Hugo Adelmo Álvarez, con domicilio en Las Clavellinas, avenida Los Lirios Girasoles, sector 3, Nº 13-31, Barquisimeto, Estado Lara, quien fue condenado a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, más las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICA, tipo penal previsto en el artículos 31 tercer aparte, c.....