DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena a la adolescente DATOS OMITIDOS, sea amonestada y cumpla las sanciones de Imposición de Reglas de Conducta por el lapso de un (01) año y Servicios a la Comunidad por el lapso de seis (06) meses en manera simultanea, por el delito de LESIONES PERSONALES LEVES previsto en el articulo 416 del Código Penal de conformidad con los artículos 620 literales a, b, c, 623, 624 y 625 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, fíjese para el día 05 de Noviembre de 2008 a las 10:00 a.m., la audiencia para la imposición de la presente decisión, con la indicación a los notificados que tendrán derecho en la misma, a efectuar las observaciones que a bien tengan. Líbrense las respectivas notificaciones