SE DECLARA INADMISIBLE la tramitación de la presente solicitud, y se ordena dar por terminada la misma, dada la entrada en vigencia de la nueva Ley Orgánica de Registro Civil, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.264, de fecha 15 de Septiembre de 2.009, la cual en sus Disposiciones Derogatorias, Sección Tercera, decreta: "Queda derogado el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil y cualquier otro artículo que colida con la presente Ley".-