REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.-
Ciudad Bolívar, veintiocho de marzo de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO: FN01-M-1999-000021
NUMERO DE RESOLUCION: PJ0242011000091
Visto el desistimiento planteada en fecha 22-03-2011 de la apelación planteada en fecha 01-03-2011 el cual se apertura cuaderno de apelación Nº FP02-R-2011-00058 y que fue efectuada en el presente Juicio por el Ciudadano JULIO MUÑOZ, venezolano, mayor de edad, abogado, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 127.366, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano JOSE RAMON MUÑOZ, (parte demandada) este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN, teniéndose como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada todo de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena dar por terminada la presente causa y el cuaderno de apelación arriba mencionado, y remitiendo a su vez al Archivo Judicial para su resguardo.-
LA JUEZA TEMPORAL
Abg.- MERLID ELIZABETH FIGUEREDO.-
LA SECRETARIA
Abg.- LOYSI MERIDA AMATO.-
Orlando.-
ASUNTO: FN01-M-1999-00021