Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte su HOMOLOGACIÓN a la Transacción Judicial presentada por el ciudadano JOSE RAMON LOPEZ, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltera, civilmente hábil, de este domicilio, y titular de la cedula de identidad Nº V-2.012.362, por una parte, se denominara en cedente y por la otra el ciudadano EDUAR GREGORIO LOPEZ FIERRO, mayor de edad, de nacionalidad venezolana, de estado civil soltero, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V-22.588.528, quien en lo sucesivo y a los efectos del presente documento se denominara EL CEDIDO, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio JOSE ORANGEL SARACHE MARIN. Inscrito en el IPSA bajo el Nro. 92.503; y le da carácter.....