Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales de los Estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro, en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el presente Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el Abogado Gustavo Adolfo Blanco, suficientemente identificado, actuando en representación judicial de la sociedad mercantil C.V.G. BAUXILUM, C.A, contra el Acto Administrativo contenido en la Resolución Nº GRTI/RG/DF/2006/001 de fecha 06 de abril de 2.006, que declaró sin lugar la compensación de créditos fiscales, así como el Acto Administrativo contenido en la Resolución Nº GRTI-RG-DSA-305 de fecha 17 de julio de 2.003, ambos emanados de la Gerencia Regional de Tributos Internos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), Región Guayana.