este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le otorga la Ley, ha decidir PRIMERO: DECRETA MEDIDA DE SECUESTRO: del bien constituido por un por un vehículo tipo coupe, marca Toyota, modelo Yaris 3 ptas, año 2007, color azul placas AG000CV, serie de carrocería JTDJW923X75047922, SERIAL DEL MOTOR 2NZ4351025, MARCA TOYOTA AÑO MODELO 2007, COLOR AZUL, CLSE AUTOMOVIL, USO PARTICULAR N° DE PUESTO 5, N DE EJES 2 TARA: 1055, CAP DE CARGA 450KGS, SERVICIO PRIVADO N DE AUTORIZACION 0362TY666956, conforme consta en documento autenticado ante la Notaria Publica del Municipio Palavecino en fecha 11 de Febrero del 2025, bajo el numero 31, tomo2, folios 107 hasta el 109. SEGUNDO: SE NIEGA LA MEDIDA DE EMBARGO, sobre bienes de propiedad de los ciudadanos GIOVANNY ENRIQUE GUEVARA CADAVID e ISBELIA BARRETO DE CARABALLO, .....