DECISION
Con fundamento a lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: parcialmente con lugar, la solicitud presentada por la ciudadana Nelida Josefina Infante Hernández, ya identificada, en representación de sus hijas las niñas Omitido articulo 65 LOPNA, contra el ciudadano Carlos José Salas, ya identificado. En consecuencia, se fija el monto de la obligación alimentaria en el 20 % del salario bruto que devengue el obligado mensualmente, además del 50% de los gastos de médico, medicinas, vestido, uniformes, útiles escolares, habitación, deporte y cualquier otro que las niñas requieran. Asimismo, el obligado deberá cancelar la cantidad de cuatrocientos mil bolívares (Bs. 400.000,00), en el mes de diciembre para sufragar los gastos de vestuario de sus hijas.
Dicha ciudadana, deberá aperturar una cuen.....