Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta del folio 130 al 133, por el abogado ANTONIO APONTE, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano GONZALO MORALES BENAVIDES, parte actora, en el juicio que por DISOLUCION Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONGELADORA CARONI, C.A., sigue contra el ciudadano OTTORINO ZANINI CRESSA. En consecuencia se ordena al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, reponer la causa al estado de que practique la correspondiente citación de los demandados mencionados en el acta de defunción, así también citar y tramitar conforme a las normas procesales, mediante edictos a los herede.....