Por las razones anteriores, este Tribunal de Ejecución Nº 4, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del Código Penal DECLARA LA PRESCRIPCION DE LA PENA IMPUESTA los ciudadanos ALBERTO ANTONIO SEQUERA PÉREZ, , ampliamente identificado, a cumplir la pena de 06 MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal y GEORGE ESAU PÉREZ SEQUERA, identificado con anterioridad, a cumplir la pena de 03 AÑOS, 09 MESES Y 20 DÍAS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD Y FALSA ATESTACIÓN ANTE FUNCIONARIO PÚBLICO, previsto y sancionado en los artículos 218 y 320 del Código Penal. De igual forma se ordena el cese de cualquier medida que sobre dichos ciudadanos pese por causa de este asunto penal. Notifíquese a la Fiscal Penitenciaria y a la Defensora Pública. Una vez firme la p.....