DECISIÓN
Con fundamento a lo precedentemente expuesto y con bases a las normativas de la Ley, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: Parcialmente con Lugar: la solicitud de Cumplimiento de Obligación Alimentaria, presentada por la ciudadana Marisela Marín López, ya identificada, en representación de su hija la adolescente Marialejandra Lameda Marín, en contra del ciudadano Alejo Ramón Lameda, ya identificado. En consecuencia, se condena al ciudadano Alejo Ramón Lameda, ya identificado, al pago de la cantidad cuarenta mil bolívares (Bs.40.000, oo), monto que adeuda por concepto de atraso en la obligación alimentaria, más el doce por ciento (12%) anual de interés, por el atraso injustificado a tenor del articulo 374 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.