DECISIÓN
Por las razones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por MARIO SEGUNDO RODRIGUEZ LOPEZ, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° V- 14.143.432 y YEFERSON JOSE VILLA SUAREZ, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° V- 16.898.924, asistido por el Defensor Privado, Abogado IVAN ALFONSO VENEGEAS GUARIN, I.P.S.A N° 10.878, por la presunta OMISIÓN DE PRONUNCIAMIENTO, por parte del Juez Abg. Carlos Gabriel Torrealba Gamarra, por presunta violación de sus derechos de acceso a la Justicia y debido proceso, establecidos en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en virtud de que no se ha pronunciado respecto a la Solicitud de Revisión de la Medida de Privación de Lib.....